El servicio para pasajeros discapacitados o con movilidad reducida, esta restringido únicamente en lo que respecta a las aeronaves Beechcraft 1900D, por cuanto en las mismas, según recomendaciones del fabricante y razones de diseño y resistencia material, la compuerta batiente de acceso no soporta el peso de dos (2) o mas personas simultáneamente, lo cual impide que algún pasajero discapacitado o de movilidad reducida pueda ser auxiliado por otras personas para su ingreso o salida de la aeronave. De la misma manera, el ingreso de sillas de ruedas en las aeronaves B1900D esta restringido por razones de limitación de espacio y diseño interno de la aeronave.
La empresa no transporta cadáveres humanos o de animales.
Las mascotas no pueden viajar en la cabina de pasajeros, solo pueden ser transportadas en el área posterior de carga de las aeronaves Beechcraft 1900D y Boeing 737, siempre que el compartimiento de carga de dichas aeronaves se encuentre presurizado en vuelo.
Se consideran mercancías peligrosas, de prohibido transporte en las aeronaves, las siguientes clases de artículos:
Se consideran actos de interferencia ilícita, y por lo tanto prohibidos y sancionados, aquellas acciones, hechos o tentativas, destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil y del transporte aéreo, como por ejemplo:
La empresa no acepta pagos en cheques bancarios ordinarios o de gerencia.
Avior Airlines ofrece para todos sus usuarios el servicio de reservaciones a través del sistema SABRE tomando en cuenta las siguiente recomendaciones para su aplicación:
Las pasajeras que cuenten con una gestación de 36 o mas semanas de embarazo, no podrán abordar la aeronaves, p or los riesgos que involucra para su salud las eventuales turbulencias o efectos de la presión atmosférica en el trayecto. Las pasajeras con gestación entre 28 y 35 semanas de embarazo, podrán viajar, siempre y cuando presenten un informe médico que las autorice a efectuar el vuelo, señalando la fecha probable de parto.
Cualquier pasajero con condición de salud delicada, que pudieran agravarse por un traslado aéreo, solo podrá viajar sometido a las exigencias de seguridad de la aerolínea y previa suscripción del anexo de liberación de responsabilidad por cualquier contingencia ocurrida en vuelo, que pudiera afectar más a la salud del mismo. Los pasajeros enfermos de tercera edad en estado avanzado (80 años o más) no podrán viajar solos en las aeronaves, debiendo contar con un acompañante, salvo que suscriba un anexo de liberación de responsabilidad por su salud y seguridad personal.